INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. SAN JOSE DE MAYO. SAN JOSE




Promulgación: 18/11/1997
Publicación: 08/12/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1539
Referencias a toda la norma
    VISTO: estas actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por "CABLE COLOR
MARAGATO S.A." y el señor Gustavo Cersósimo, adjudicatarios de la
prestación del servicio de televisión para abonados en la ciudad de San
José, Departamento de San José, para que se les autorice la explotación de
dicho servicio en forma de Consorcio, integrado por ambos titulares.-

    RESULTANDO: I) que los titulares fueron autorizados por la Resolución
del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de julio de 1993, a suministrar el
servicio de televisión para abonados, en la modalidad "Cable", en la
ciudad mencionada.-

    II) que con fecha 8 de diciembre de 1994, los referidos titulares
constituyeron un Consorcio denominado "CONSORCIO CABLE VISION SAN JOSE",
con la finalidad de efectuar una mejor prestación del servicio de
televisión por cable ya referido.-

    III) que el citado Consorcio se encuentra inscripto en el Registro
Público y General de Comercio de San José, con el Número 70, al folio 76,
del tomo XXIV del Libro de Contratos.-

    CONSIDERANDO: I) que el Pliego de las Bases del Llamado Público a
interesados a prestar el servicio de televisión para abonados aprobado por
la Resolución del Poder Ejecutivo 550/993 de 6 de julio de 1993, en su
artículo 12 señala la posibilidad de consorciarse por parte de dos o más
permisionarios del servicio.-

    II) que ya existen antecedentes de consorcio entre permisionarios a
prestar servicios, autorizados por el Poder Ejecutivo.-

    III) que el proyecto de consorcio presentado por los interesados
cumple con los requisitos exigidos por la Dirección Nacional de
Comunicaciones, no encontrándose reparos desde el punto de vista técnico o
jurídico.-

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones, a lo dispuesto por el artículo 12 de la
Resolución del Poder Ejecutivo 550/993 de 6 de julio de 1993 y numeral
3ro. de la Resolución sin número de la Dirección Nacional de
Comunicaciones de fecha 3 de noviembre de 1993.-

                    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                               RESUELVE:

1

   Autorízase a "CONSORCIO CABLE VISION SAN JOSE", integrado por la
empresa "CABLE COLOR MARAGATO S.A." y por el señor Gustavo Cersósimo, la
prestación del servicio de televisión para abonados, en la ciudad de San
José, Departamento de San José.-
Referencias al numeral

2

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones a
sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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