VISTO: la Licitación Pública Internacional Nro. 12/001, convocada para la
concesión de la instalación y explotación de dos Tax Free Shops en el
Aeropuerto Internacional de Carrasco "General Cesáreo L. Berisso"
(tiendas destinadas a la venta de mercaderías de fabricación nacional
libre de impuestos y mercaderías extranjeras ingresadas al país en
tránsito).
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 840/002 de 10 de
mayo de 2002, se adjudicó a la empresa NEUTRAL S.A. la concesión de la
instalación y explotación de dos Tax Free Shops en el Aeropuerto
Internacional de Carrasco "General Cesáreo L. Berisso".
II) que con fecha 13 de junio de 2002 se notificó a la empresa NEUTRAL
S.A. que el día 3 de julio de 2002, a las 17 horas se suscribiría el
contrato de concesión respectivo, indicándosele que al día 27 de junio de
2002, debía dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 13.2,
15.2 y 15.4 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y presentar el
certificado del Banco de Seguros del Estado vigente y Certificado
Notarial.
III) que con fecha 25 de junio de 2002 la empresa NEUTRAL S.A. gestionó
una prórroga para la presentación de la garantía de contrato y el pago
del canon, la cual no fue otorgada.
IV) que en tiempo y forma se notificó a la peticionante la decisión de
mantener las fechas indicadas para que la empresa procediera a acreditar
el depósito de la suma ofrecida de acuerdo al artículo 13.2, y la suma
requerida por concepto de garantía de cumplimiento del contrato de
concesión -artículos 15.2 y 15.4- y la presentación de la documentación
solicitada, bajo apercibimiento de aplicarse lo dispuesto en el inciso 1
del artículo 24 del precitado Pliego.
V) que por Nota de fecha 28 de junio de 2002 la empresa NEUTRAL S.A.
manifiesta que no le será posible dar cumplimiento a lo establecido en el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
CONSIDERANDO: I) que en consecuencia, la empresa NEUTRAL S.A. no asumirá
la adjudicación dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 840/002
de 10 de mayo de 2002, correspondiendo la pérdida total de su garantía de
mantenimiento de oferta depositada.
II) que a la imposibilidad de quien resultara adjudicataria de cumplir
con las obligaciones que emanan del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y de la oferta por ella presentada, se agregan razones de
mérito, oportunidad y conveniencia que determinan que el Poder Ejecutivo
deje sin efecto la adjudicación realizada a NEUTRAL S.A., no procediendo
a una nueva adjudicación.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Déjase sin efecto la adjudicación a la empresa NEUTRAL S.A., dispuesta
por la Resolución del Poder Ejecutivo 840/002 de 10 de mayo de 2002, para
la concesión de la instalación y explotación de dos Tax Free Shops en el
Aeropuerto Internacional de Carrasco "General Cesáreo L. Berisso"
(tiendas destinadas a la venta de mercaderías de fabricación nacional
libre de impuesto y mercaderías extranjeras ingresadas al país en
tránsito); disponiéndose la pérdida total de la garantía de mantenimiento
de oferta depositada.