REVOCACION DE ADJUDICACION. TAX FREE SHOP. NEUTRAL S.A.




Promulgación: 16/07/2002
Publicación: 23/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 105
VISTO: la Licitación Pública Internacional Nro. 12/001, convocada para la 
concesión de la instalación y explotación de dos Tax Free Shops en el 
Aeropuerto Internacional de Carrasco "General Cesáreo L. Berisso" 
(tiendas destinadas a la venta de mercaderías de fabricación nacional 
libre de impuestos y mercaderías extranjeras ingresadas al país en 
tránsito).

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 840/002 de 10 de 
mayo de 2002, se adjudicó a la empresa NEUTRAL S.A. la concesión de la 
instalación y explotación de dos Tax Free Shops en el Aeropuerto 
Internacional de Carrasco "General Cesáreo L. Berisso".

II) que con fecha 13 de junio de 2002 se notificó a la empresa NEUTRAL 
S.A. que el día 3 de julio de 2002, a las 17 horas se suscribiría el 
contrato de concesión respectivo, indicándosele que al día 27 de junio de 
2002, debía dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 13.2, 
15.2 y 15.4 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y presentar el 
certificado del Banco de Seguros del Estado vigente y Certificado 
Notarial.

III) que con fecha 25 de junio de 2002 la empresa NEUTRAL S.A. gestionó 
una prórroga para la presentación de la garantía de contrato y el pago 
del canon, la cual no fue otorgada.

IV) que en tiempo y forma se notificó a la peticionante la decisión de 
mantener las fechas indicadas para que la empresa procediera a acreditar 
el depósito de la suma ofrecida de acuerdo al artículo 13.2, y la suma 
requerida por concepto de garantía de cumplimiento del contrato de 
concesión -artículos 15.2 y 15.4- y la presentación de la documentación 
solicitada, bajo apercibimiento de aplicarse lo dispuesto en el inciso 1 
del artículo 24 del precitado Pliego.

V) que por Nota de fecha 28 de junio de 2002 la empresa NEUTRAL S.A. 
manifiesta que no le será posible dar cumplimiento a lo establecido en el 
Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

CONSIDERANDO: I) que en consecuencia, la empresa NEUTRAL S.A. no asumirá 
la adjudicación dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 840/002 
de 10 de mayo de 2002, correspondiendo la pérdida total de su garantía de 
mantenimiento de oferta depositada.

II) que a la imposibilidad de quien resultara adjudicataria de cumplir 
con las obligaciones que emanan del Pliego de Bases y Condiciones 
Particulares y de la oferta por ella presentada, se agregan razones de 
mérito, oportunidad y conveniencia que determinan que el Poder Ejecutivo 
deje sin efecto la adjudicación realizada a NEUTRAL S.A., no procediendo 
a una nueva adjudicación.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Déjase sin efecto la adjudicación a la empresa NEUTRAL S.A., dispuesta 
por la Resolución del Poder Ejecutivo 840/002 de 10 de mayo de 2002, para 
la concesión de la instalación y explotación de dos Tax Free Shops en el 
Aeropuerto Internacional de Carrasco "General Cesáreo L. Berisso" 
(tiendas destinadas a la venta de mercaderías de fabricación nacional 
libre de impuesto y mercaderías extranjeras ingresadas al país en 
tránsito); disponiéndose la pérdida total de la garantía de mantenimiento 
de oferta depositada.

BATLLE - LUIS BREZZO - ALBERTO BENSION


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