Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondiente al ejercicio 1993,
presentados por Unidades Ejecutoras del Inciso 12 "Ministerio de Salud
Pública", las cuales solicitan la incorporación de diversos proyectos al
Plan de Inversiones Públicas de dicho ejercicio.
Resultando: que los referidos proyectos se financiarán con recursos
extrapresupuestales y se hallan incluidos en los preventivos presentados.
Considerando: que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado
sus preventivos a las normas específicas que les rigen y han cumplido con
las demás disposiciones que regulan la materia.
Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 45 del
Decreto Ley Nº 14.416 de 28 de agosto de 1975 y 89 de la Ley Nº 15.809 de
8 de abril de 1986, con la redacción dada, respectivamente, por los
artículos 45 y 47 de la Ley Nº15.903 de 10 de noviembre de 1987 y a lo
establecido por la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 13/993 de 12 de enero
de 1993.
El Ministro de Economía y Finanzas, en ejercicio de las atribuciones
delegadas.
RESUELVE:
1
Incorpóranse al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1993, los
proyectos de inversión siguientes, por un monto total de $ 3:900.000
(pesos uruguayos tres millones novecientos mil) y OHR 738.612,45
(Obligaciones Hipotecarias reajustables setecientas treinta y ocho mil
seiscientas doce con 45/100) a financiarse con recursos
extrapresupuestales:
INC. PROG. UNIDAD EJECUTORA MONTO $
12 001 066 Scio. Nnal. de Sangre
PROYECTO
"Equipamiento" (774) 3:900.000,00
TOTAL 3:900.000,00
INC. PROG. UNIDAD EJECUTORA MONTO OHR
12 001 066 Scio. Nnal. de Sangre
PROYECTO
"Mejoras Edificio" (775) 738.612,45
TOTAL 738.612,45