A los efectos del control y seguimiento, la empresa TRINIDAD VIDEO CABLE
S.A. deberá presentar dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes
un listado con los nombres y C.I. de los clientes abonados al Plan
CARDALES de la localidad, con cargo al mes anterior de la presentación
(impreso y en CD). Dentro de los cuatro meses del cierre de cada ejercicio
económico, deberán presentar sus Estados Contables con informe de
profesional habilitado. Además, deberá informar semestralmente a la COMAP
durante el período que se utilicen los beneficios, respecto a la ejecución
de la inversión y los datos sobre la cobertura efectiva de la población
objetivo prioritario del Plan CARDALES. La empresa deberá tener a
disposición de la COMAP un archivo de cada uno de los clientes del Plan
CARDALES beneficiarios de AFAM, conteniendo fotocopia de la C.I, de la
tarjeta de AFAM y del último ticket de cobro del subsidio correspondiente.