VISTO: la gestión promovida por "SEMMI CERRILLOS S.R.L." , sita en la
calle Zorrilla de San Martín s/n entre Máximo Tajes y Veracierto, Ciudad
de Los Cerrillos, Departamento de Canelones;
RESULTANDO: que por la misma solicita autorización para la creación de un
Servicio de Emergencia Médica con Unidades Móviles, propiedad de la
citada firma;
CONSIDERANDO: que la Dirección General de la Salud y la División
Servicios de Salud del Ministerio de Salud Pública no formulan objeciones
a lo solicitado;
ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto No. 578/986 de 26 de agosto de 1986
y en el numeral 3) de la Ordenanza No. 149/003 de fecha 27 de marzo de
2005;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase a "SEMMI CERRILLOS S.R.L.", la creación y habilitación de un
Servicio de Emergencia Médica con Unidades Móviles, propiedad de la
citada firma, sito en la calle Zorrilla de San Martín s/n entre Máximo
Tajes y Veracierto, Ciudad de Los Cerrillos, Departamento de Canelones,
bajo la Dirección Técnica del Doctor Carlos Corrales.