PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. TEXTIL UNIVERSAL S.A.




Promulgación: 29/12/1999
Publicación: 10/01/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud efectuada por la firma TEXTIL UNIVERSAL S.A., a fin
de que se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el
Banco de Previsión Social, a tres (3), de sus trabajadores.

RESULTANDO: I) Que por impacto de una serie de situaciones de hecho que
afectaron la industria textil, como recesión de mercados compradores,
medidas para arancelarias y la pérdida momentánea del mercado de Brasil,
la empresa ha visto disminuida la demanda de sus productos, habiendo
dispuesto el envío al Seguro de Desempleo a parte de sus trabajadores.

II) Que en la actualidad no existe posibilidad de reintegrar a dichos
trabajadores en forma inmediata.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Extiéndase hasta el 29 de febrero del año 2.000 y a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a tres (3),
trabajadores de la firma TEXTIL UNIVERSAL S.A., que se encuentren en
condiciones legales de acceder al mismo. 

2

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

SANGUINETTI - LUIS BREZZO
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