ADJUDICACION DIRECTA A TELSIS S.A. DEL SISTEMA DE CONTROL, COBRO DE PEAJE Y SERVICIOS AUXILIARES PARA EL PEAJE DE RUTA Nº 1, MARGEN DERECHA DEL RIO SANTA LUCIA




Promulgación: 28/11/2005
Publicación: 02/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1250
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas para la contratación -en forma
directa- de la empresa TELSIS S.A. para el Suministro de un "Sistema de
control, cobro de peaje, servicios auxiliares y servicio de capacitación
para el peaje ubicado en la Ruta N° 1 sobre la margen derecha del Río
Santa Lucía" para la ejecución de las obras comprendidas en la concesión
de obra pública: "Ruta N° 1 - Doble Vía Montevideo - Libertad y Nuevo
Puente sobre el Río Santa Lucía", según el llamado a Licitación Pública
Internacional N° 23/96.

RESULTANDO: I) Que el Poder Ejecutivo por Resolución de fecha 1° de
agosto de 2005 dispuso la rescisión del contrato celebrado con el
Consorcio Ruta 1 S.A. el 13 de julio de 1998, y sus modificativos y
complementarios de 13 de setiembre de 2000 y 30 de octubre de 2001, para
la ejecución de la concesión de obra pública: "Ruta N° 1 - Doble Vía
Montevideo - Libertad y Nuevo Puente sobre el Río Santa Lucía", según el
llamado a Licitación Pública Internacional N° 23/96.

II) Que dicha resolución facultó a la Dirección Nacional de Vialidad para
que por si o por terceros ejecute las acciones y procedimientos
tendientes a la terminación de las obras, de su mantenimiento y
explotación.

III) Que con el fin de atender las erogaciones que demanden las obras de
construcción, reconstrucción, mantenimiento ordinario y extraordinario de
la obra pública mencionada, el Poder Ejecutivo autorizó a depositar los
fondos provenientes de los peajes en una cuenta especial, por lo que para
la inminente habilitación del nuevo puente sobre el Río Santa Lucía
resulta imprescindible que esté instalado el nuevo puesto de recaudación
de peajes.

IV) Que la Dirección Nacional de Vialidad propone a la empresa TELSIS
S.A. para el suministro de un sistema de control, cobro de peaje y
capacitación con servicios anexos, en virtud de que dicha empresa tenía
un contrato con la concesionaria CONSORCIO RUTA 1 S.A. y había adquirido
gran parte de los equipos para la operación y cobro de los peajes, en el
puesto de recaudación ubicado en la margen derecha del Río Santa Lucía a
la altura del km. 23.450 de la Ruta N° 1. El sistema informático
propuesto por TELSIS S.A. es el mismo que se encuentra operativo en 10 de
los 15 puestos de peajes ubicados en las rutas nacionales, compatibilidad
que facilitará la operativa de pago de los clientes que circulan por
varios puestos de peajes (empresas de transporte de cargas y de
transporte de pasajeros) y permitirá la interconexión de los puestos,
siendo la empresa la única proveedora de este sistema en el país.

V) Que la empresa TELSIS S.A. cumple con los requisitos exigidos por la
normativa vigente porque está inscripta en el Registro de Proveedores del
Estado y Sistema Integrado de Administración Financiera. La oferta
técnico - económica presentada resulta conveniente de acuerdo al estudio
efectuado por las oficinas técnicas de la Dirección Nacional de Vialidad
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.-

VI) Que en esta situación, de público y notorio conocimiento, resultan
probadas las razones de urgencia, dado que en caso de realizarse
procedimientos licitatorios sería imposible habilitar el nuevo puente
sobre el Río Santa Lucía con el peaje operando desde ese momento, hecho
que ocasionaría graves perjuicios a la Administración, por que no podría
cobrar las tarifas pertinentes y resentiría sensiblemente el servicio
respecto de los usuarios de la carretera.

CONSIDERANDO: I) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina
Central - Carpeta N° 175.467), no formuló observaciones al expedirse al
respecto.

II) Que el ordenador del gasto tiene la facultad de efectuar una
contratación directa, por el procedimiento que determine por razones de
buena administración, cuando medien probadas razones de urgencia no
previsibles o no sea posible la licitación o remate público, o su
realización resienta seriamente el servicio.

ATENTO: a lo establecido en el artículo 33 del "TOCAF 1996" aprobado por
Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Adjudícase, en forma directa, a la firma TELSIS S.A. el suministro de un
"Sistema de control, cobro de peaje, servicios auxiliares y servicio de
capacitación para el peaje ubicado en la Ruta N° 1 sobre la margen
derecha del Río Santa Lucía" por la suma de U$S 426.649 (dólares
estadounidenses cuatrocientos veintiséis mil seiscientos cuarenta y
nueve) con impuestos incluidos, según las condiciones establecidas por la
Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la oferta técnico - económica propuesta por la empresa.

TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI - DANILO ASTORI

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