AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE FLUVIAL. RESPAL S.A.




Promulgación: 14/02/1995
Publicación: 02/03/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

3

    La prestación del servicio e incorporación de la embarcación deberá
hacerse efectiva en el plazo de 180 días a partir de la fecha de
publicación de la presente resolución. 

Referencias al numeral
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