Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de clausura de la Empresa DOLORES S.R.L elevada por
el Sr. Inspector General del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;
RESULTANDO: I) Que a la referida Empresa se le intimó según consta en
autos por parte del Inspector actuante, la presentación de diversa
documentación a fin de fiscalizar el cumplimiento de las leyes vigentes;
II) Que pese a las reiteradas intimaciones practicadas, la Empresa ha
sido omisa, en cumplir con las mismas;
CONSIDERANDO: La falta de interés demostrada en consecuencia, por la
administrada;
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto 680/977 y por el
Artículo 289 inciso final de la Ley Nº 15.903;
EL MINISTRO (I) DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
en ejercicio de las atribuciones delegadas
RESUELVE
CLAUSURASE a la Empresa DOLORES S.R.L sita en F. Carámbula 1231, Rivera,
por un plazo de seis (6) días quedando la misma obligada a abonar a su
personal, la totalidad de las obligaciones emergentes de la relación de
trabajo, por dicho lapso;