VISTO: la propuesta elevada por el Ministerio de Relaciones Exteriores;
CONSIDERANDO: que el señor D. Ricardo Lagos Escobar, Presidente de la
República de Chile, es una personalidad relevante y ha desarrollado una
intensa y entusiasta labor para el acercamiento de los pueblos uruguayo y
chileno.
ATENTO: lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley 16.300 de fecha 28 de
agosto de 1992 y sus correspondientes reglamentos;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Entréguese la Medalla de la República Oriental del Uruguay al señor
Ricardo Lagos Escobar, Presidente de la República de Chile.