Deléganse en el Ministro de Economía y Finanzas y en el Ministro
competente por razón de materia cuando corresponda, o en quienes hagan
sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes a declarar
promovidas actividades al amparo del Decreto - Ley Nº 14.178 de 28 de
marzo de 1974, Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 y modificativas