Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra abocado a la
realización de obras edilicias en el Centro Auxiliar de Paso de los Toros;
Considerando: I) que el Artículo 436 de la Ley No. 16.170 de 28 de
diciembre de 1990, habilita constituir Comisiones Honorarias con el
cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos en el Plan de
Inversiones Públicas, en un todo de acuerdo con las prescripciones del
Artículo 589 de la Ley No. 15.903 de 10 noviembre de 1987;
II) que la obra a realizar en el citado establecimiento se encuentra
prevista en el Plan de Inversiones Públicas de la mencionada Secretaría de
Estado;
III) que es necesario constituir una Comisión Honoraria, la cual se
encargará de la Administracción y Ejecución de la obra referida;
IV) que se propone integrar la misma a ciudadanos de reconocida
solvencia moral y cívica;
Atento: a lo establecido en el Artículo 436 de la Ley No. 16.170 de
28 de diciembre de 1990 y Decreto del Poder Ejecutivo No. 160/991 de 14 de
marzo de 1991 (Interno No. 51/991);
El Presidente de la República
RESUELVE:
Créase la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras
del Centro Auxiliar de Paso de los Toros, que tendrá como cometido la
administración de las obras previstas en el Plan de Inversiones Públicas
del Inciso 12 -Ministerio de Salud Pública-, la que estará integrada por
las siguientes personas: Dr. RUBEN CURI, Sr. EDIL NESTOR FUMERO, Sr.
WASHINGTON AISPUN, Maestro GABRIEL FERREIRA, Sr. OVIDIO GERMAN, Dr. JAVIER
RODRIGUEZ, Lic. en Enfermería Sra. LILA DE LIMA.