DECLARACION DE TITULARIDAD. CW 57 RADIO SAN CARLOS. MALDONADO




Promulgación: 30/12/1996
Publicación: 15/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1337
  Visto: estas actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por el señor
Enrique Lamaison Nápoli, cotitular de la Difusora CW 57 "RADIO SAN
CARLOS", del departamento de Maldonado, para que se le declare como
único titular de la misma.

  Resultando: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 1.675 de fecha
26 de diciembre de 1969, se adjudicó a la señora Francisca Sancho Barceló
y al señor Enrique Lamaison Nápoli el usufructo de la frecuencia 1510 Kc/s
en que opera el mencionado medio de difusión.

II) que la señora Francisca Sancho Barceló, falleció testada el 5 de
setiembre de 1990, siendo de estado civil divorciada, no teniendo
descendencia natural, legítima ni adoptiva, habiendo instituido como
únicos y universales herederos testamentarios a los señores José Luis,
María Mónica, Patricia y Jorge Abelenda Arroyo, según surge del
testimonio por exhibición que luce a fojas 29 a 37 del expediente del
Ministerio de Defensa Nacional 96.058.462.

  Considerando: I) que las titularidades de las frecuencias de
radiodifusión son autorizaciones o concesiones de carácter personalísimo,
no susceptibles por ende de transmisión por el modo sucesión u otros
modos, sin que medie una autorización previa y expresa de la
Administración.

II) que ha sido práctica y jurisprudencia administrativa reiterada, que
sin contradecir lo expuesto precedentemente, la Administración contemple
las "expectativas" de los herederos del titular de la frecuencia
radioeléctrica fallecido, a continuar el uso de la misma, si éstos lo
solicitan.

III) que la prueba de la condición de presuntos herederos de los señores
José Luis, María Mónica, Patricia y Jorge Abelenda Arroyo está reforzada
aunque no en forma completa por el testimonio por exhibición antes
referido y no resulta admisible que los mismos frustren la regularización
de la titularidad de la emisora de referencia, por no efectuar el trámite
sucesorio correspondiente que los acredite jurídicamente como únicos y
universales herederos de la causante citada, máxime cuando han
manifestado válidamente su consentimiento para transferir al co-titular
señor Enrique Lamaison Nápoli, todos los bienes muebles, derechos y
obligaciones que pudieran corresponderles en la cuota parte a la que
tuvieren derecho y que esté vinculada a CW 57 "RADIO SAN CARLOS".

V) que por lo expresado precedentemente, nada impide al Poder Ejecutivo en
uso de sus facultades discrecionales, declarar al señor Enrique Lamaison
Nápoli como único titular de la Difusora CW 57 "RADIO SAN CARLOS" del
departamento de Maldonado.

  Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-
Ley 14.670 de 23 de junio de 1977, Decreto 734/978 de 20 de diciembre de
1978, Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción
sustitutiva dada por la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, Decreto
586/990 de 18 de diciembre de 1990, Decreto 347/992 de 21 de julio de
1992, a lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y por
la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

                     El Presidente de la República,

                            RESUELVE:

1

   Declárase como único titular de la Difusora CW 57 "RADIO SAN CARLOS"
del departamento de Maldonado al señor Enrique Lamaison Nápoli.

2

   Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
Ayuda