OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. PARASUR S.A.




Promulgación: 01/11/2000
Publicación: 08/11/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud efectuada por la Empresa PARASUR S.A. a fin de que se 
otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de 
Previsión Social, a cuatro (4), trabajadores de la empresa.

RESULTANDO: I) Que la firma dispuso el envío al Seguro de Desempleo a 
parte de sus trabajadores.

II) Que en la actualidad no existe posibilidad de reintegrar a dichos 
trabajadores en forma inmediata.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº 
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de 
trabajo que proporciona la empresa.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Ampliase por el plazo de 90 (noventa), días, a contar desde los 
respectivos vencimientos, el beneficio de Seguro por Desempleo que otorga 
el Banco de Previsión Social, a cuatro (4), trabajadores de la Empresa 
PARASUR S.A. que se encuentren en condiciones legales de acceder al 
mismo.

2

 El beneficio que por esta Resolución se otorga, se liquidará de 
conformidad a lo preceptuado en el artículo 6º del Decreto ley Nº 15.180, 
de 20 de agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - JUAN MA. BOSCH


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