Otórgase a la firma "Frigorífico Modelo S.A." la exoneración
prevista en el artículo 1º del decreto ley 15.548 de 17 de mayo de
1984 hasta un monto máximo generador de dicha exoneración de U$S
488.163 que deben integrarse con anterioridad al 31 de diciembre de
1988.