Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1992,
presentados por las Unidades Ejecutoras del Inciso 12 "Ministerio de Salud
Pública" algunas de las cuales solicitan ampliación e incorporación de
proyectos en el Plan de Inversiones Públicas de dicho ejercicio.
Resultando: I) que los referidos proyectos se financiarán con recursos
extrapresupuestales y se hallan incluidos en los preventivos presentados.
II) que el proyectos de inversión cuya ampliación se solicita es el Nº
772 "Equipamiento médico y administrativo" en un monto de N$ 10:625.000,oo
(nuevos pesos diez millones seiscientos veinticinco mil) que fuera
incorporado al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1992 en la
financiación 1.3 "Rentas Generales".
Considerando: que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado
sus preventivos a las normas específicas que les rigen y han cumplido con
las demás disposiciones que regulan la materia.
Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del Decreto Ley Nº 14.416
de 28 de agosto de 1975 y 89 de la Ley Nº 15.809 de 8 de abril de 1986,
con la redacción dada, respectivamente, por los artículos 45 y 47 de la
Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987 a lo informado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y por la Contaduría General de la Nación y a lo
previsto por la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 13/993 de 12 de enero de
1993.
El Ministro de Economía y Finanzas, en ejercicio de las
atribuciones delegadas,
RESUELVE:
1
Convalídase la ampliación del proyecto de inversión siguiente, en un
monto total de N$ 10:625.000,oo (nuevos pesos diez millones seiscientos
veinticinco mil), en el Plan de Inversiones Públicas Ejercicio 1992 con
financiación extrapresupuestal:
INC PROG UNIDAD EJECUTORA MONTO EN N$
12 002 062 Centro A. Las Piedras
PROYECTO
Equipamiento médico y administrativo (772) 10:625.000