VISTO: La solicitud de CAMISAS RELAMPAGO S.A. a fin de que se extienda el
beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de Previsión Social,
a 26 (veintiséis) de sus trabajadores.
RESULTANDO: Que la situación recesiva de la industria, ha determinado el
envío a parte del personal de la Empresa l Seguro por Desempleo, el que
no puede ser reintegrado en la actualidad.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir instrumentando
las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho
personal.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Amplíase por el plazo de noventa (90), días, el beneficio del Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 26 (veintiséis), trabajadores de la firma CAMISAS RELAMPAGO S.A. que se encuentren en condiciones legales de acceder al mismo.
El monto del subsidio que por esta Resolución se otorga, se calculará de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180.
COMUNIQUESE, publíquese, etc.
BATLLE - JUAN MA. BOSCHAyuda