OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. EVERSUR S.A.




Promulgación: 01/11/2000
Publicación: 08/11/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de EVERSUR S.A. a fin de que se otorgue el beneficio 
de Seguro por Desempleo que abona el Banco de Previsión Social a tres 
(3), de los trabajadores que se encuentran bajo su administración.

RESULTANDO: Que la caída en la actividad de la Industria de la 
Construcción, por problemas coyunturales adversos, ha determinado la 
disminución temporaria de las obras y el envío del personal al Seguro por 
Desempleo, el que en la actualidad no puede ser reintegrado.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de 
trabajo que proporciona la empresa, teniendo presente que cuenta con 
personal especializado que se perdería si no se prorrogara el Seguro por 
Desempleo.

III) En tal sentido, resulta conveniente conceder una extensión del 
amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa, seguir 
instrumentando las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de 
trabajo a dicho personal.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Otórgase por el plazo de 90 días, a contar desde los respectivos 
vencimientos, el beneficio del Seguro por Desempleo que otorga el Banco 
de Previsión Social, a tres (3), trabajadores de la firma EVERSUR S.A. 
que se encuentren en condiciones de acceder al mismo.

2

 El monto del subsidio que por esta Resolución se concede, se liquidará 
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto ley Nº 15.180, 
de 20 de agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - JUAN MA. BOSCH


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