VISTO: la solicitud de la empresa TELEFÓNICA MÓVILES DEL URUGUAY S.A., con
número de RUT 211406340011, tendiente a que se amplíe la Resolución del
Poder Ejecutivo de fecha 16 de noviembre de 2009, por la que se declaró
promovida la actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: que la ampliación del proyecto tiene como objetivo la compra
de equipamiento de la red celular y la realización obras civiles;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, de acuerdo a lo establecido en el
art. 10° del Decreto N° 455/007, de 27 noviembre de 2007, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentado por TELEFÓNICA MÓVILES DEL
URUGUAY S.A. da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7
de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
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Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 16 de noviembre de
2009, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa TELEFÓNICA MÓVILES DEL URUGUAY S.A., tendiente a
la compra de equipamiento de la red celular y la realización de obras
civiles, por un monto de UI 300.786.989.