CESION DE CUOTAS SOCIALES. TRANSPORTE TERRESTRE. COOPERATIVA OBREROS DEL TRANSPORTE ARACHANA (COTA)




Promulgación: 03/12/1997
Publicación: 17/12/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1628
    VISTO: la gestión promovida por la empresa de transporte nacional de
pasajeros, Cooperativa Obreros del Transporte Arachana (COTA), para que se
le autorice la transferencia de un 40% de las cuotas sociales de la firma.


    RESULTANDO: I) Que la citada empresa es concesionaria de las líneas
hacia y desde, Montevideo-Melo, Montevideo-Treinta y Tres,
Montevideo-Santa Clara y Montevideo-Lascano.

    II) Que los Señores Martín Gabard Zamarreña, Teresa Cortazo Céspedes,
Martín Salaberry Michelena y Javier Salaberry Michelena, integrantes de la
cooperativa referida, se proponen ceder sus cuotas sociales (10% c/u) a
los Señores Petter Rodríguez Silva, Geovani Gary Rodríguez Silva, Sandra
Luján Silva Abreu y María Vilma Silva, invocando la existencia de causa
debidamente justificada.

    III) Que los interesados, de acuerdo a la normativa vigente, se
comprometieron a asegurar la permanencia, continuidad y eficiencia de los
servicios y a no desvirtuar los objetivos expresados en el artículo 1.2
del Reglamento para la Concesión de los Servicios Regulares de Transporte
por Carretera aprobado por el Decreto Nº 228/991 de 25 de abril de 1991.

    IV) Que se expidieron al respecto la Dirección Nacional de Transporte
y la Asesoría Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

    CONSIDERANDO: I) Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en los
artíulos 9.1 y 9.2 del referido Reglamento.

    II) Que la Administración en la especie tiene facultades
discrecionales para autorizar o no operaciones como las planteadas optando
en el caso y conforme a razones de oportunidad, por acceder a lo que se
peticiona por los interesados.

    ATENTO: a lo informado y a lo dispuesto en la normativa citada.

                    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

Autorízase, -en los términos y condiciones relacionadas en los
informes letrados producidos- a los titulares del 40% (cuarenta por
ciento) de las cuotas sociales de la empresa de transporte nacional de
pasajeros Cooperativa Obreros del Transporte Arachana (COTA), Señores
Martín Gabard Zamarreña, Teresa Cortazzo Céspedes, Martín Salaberry
Michelena y Javier Salaberry Michelena, integrantes de la cooperativa
referida, la cesión de dichas cuotas a favor de Petter Rodríguez Silva,
Geovani Gary Rodríguez Silva, Sandra Luján Silva Abreu y María Vilma
Silva.

2

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte
a sus efectos.

SANGUINETTI - LUCIO CACERES
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