Previa notificación a la empresa en el expediente, comuníquese por parte
del M.G.A.P. a la Administración Nacional de Puertos, a la Dirección
General Impositiva, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección
Nacional de Aduanas, a la Oficina de Atención al Inversor del Ministerio
de Turismo y, con las constancias del caso, remítanse estos obrados a la
Comisión de Aplicación para su archivo.