AUTORIZACION A USUARIO DE ZONA FRANCA. CECIBEL S.A.




Promulgación: 06/02/1985
Publicación: 26/06/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 622
   Visto: la gestión promovida por Cecibel S.A., a fin de que se le
autorice, a ser usuaria de predios en Francas.

   Resultando: I) Que la citada empresa desea instalarse con el objeto de
desarrollar las actividades en el literal a) del artículo 1º. de la ley
14.498, de 19 de febrero de 1976;

II) Que para desarrollar, tales cometidos la mencionada necesita un
terreno de aproximadamente 2.000 m².

   Considerando: que se encuentra desocupada dicha extensión, nada impide
cederla, de acuerdo al valor que fija respecto esa Dirección.

   Atento: a lo informado por la Dirección de Zonas Francas y por la
Asesoría Jurídica del Ministerio de y Finanzas y a lo dispuesto por la ley
14.498 de 19 de febrero de 1976.

                       El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

   Autorízase a la firma Cecibel S.A. a ser usuaria de Zonas Francas, a
los efectos de desarrollar actividades de depósito, almacenamiento,
acondicionamiento, selección, clasificación, fraccionamiento, o mezcla de
mercaderías o materias primas de procedencia extranjera con arreglo al
artículo 1º, a), de la ley 14.498, de 19 de febrero de 1976, quedando
obligada al pago de las prestaciones pecuniarias los servicios de
naturaleza económica o de cualquier otro carácter a que alude el artículo
7º de la ley precisada.

ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
Ayuda