AUTORIZACION A REYLA S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE NUEVA PALMIRA




Promulgación: 07/11/1994
Publicación: 22/11/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 Visto: la gestión promovida por la empresa REYLA S.A. ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para que se le extienda la habilitación para prestar
servicios al buque en la categoría de Remolque en el Puerto de Nueva
Palmira y posterior inscripción en el Subregistro de Empresas Prestadoras
de Servicios Portuarios.

 Resultando: I) Que la firma REYLA S.A., fue habilitada con anterioridad
para prestar servicios antes mencionados en el Puerto de Montevideo,
solicitando dicha empresa en esta oportunidad se amplíe la habilitación
para prestarlos en el Puerto de Nueva Palmira;

 II) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en el
Decreto Nº 413/992 de fecha 1º de setiembre de 1992, por el cual se
aprueba el Reglamento de Habilitación de empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios, complementario del registro creado con tales fines, según
Decreto Nº 412/992 de igual fecha que el anterior;

 III) Que la Administración Nacional de Puertos, por resolución de fecha
21 de setiembre de 1994, remite al Ministerio de Transporte y Obras
Públicas las actuaciones generadas en dicho Organismo, consistentes en la
intervención de sus Divisiones Comercial y Hacienda, las cuales
controlaron la documentación aportada por la interesada, en cumplimiento
de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen
reglamentariamente para la habilitación en cuestión, no formulándose
objeciones en tal sentido;

 IV) Que la referida Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría
Técnica en Asuntos Portuarios, es conteste con el criterio manifestado
precedentemente.

 Atento: A lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y
Decreto Reglamentario Nº 413/92 del 1º de setiembre de 1992, Artículos 14,
17 y 18.

 El Presidente de la República

                                  RESUELVE:

1

  Autorízase a la Administración Nacional de Puertos, a habilitar a la
empresa REYLA S.A. para prestar los servicios que se solicitan en el
Puerto de Nueva Palmira y oportunamente proceder a la inscripción de la
misma en el Subregistro de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios
correspondiente, una vez cumplidos todos los requisitos previstos en el
Decreto Nº 413/992 del 1º de setiembre de 1992. 

2

  Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus
efectos. 

LACALLE HERRERA - JOSE LUIS OVALLE
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