AUTORIZACION A BOENAL S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO




Promulgación: 07/11/1994
Publicación: 22/11/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
 Visto: la gestión promovida por la empresa BOENAL S.A. ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para que se le extienda la habilitación para prestar
servicios al buque en la categoría de Asistencia amarre y desamarre en el
Puerto de Montevideo y posterior inscripción en el Registro de Empresas
Prestadoras de Servicios Portuarios.

 Resultando: I) Que la firma BOENAL S.A., fue habilitada con anterioridad
para prestar servicios portuarios en la misma categoría en los Puertos de
Nueva Palmira y Fray Bentos, solicitando dicha empresa en esta oportunidad
se amplíe la habilitación para prestar dichos servicios en el Puerto de
Montevideo;

 II) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en el
Decreto Nº 413/92 de fecha 1º de setiembre de 1992, por el cual se aprueba
el Reglamento de Habilitación de empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios, complementario del registro creado con tales fines, según
Decreto Nº 412/92 de igual fecha que el anterior;

 III) Que la Administración Nacional de Puertos, por resolución de fecha 7
de setiembre de 1994, remite al Ministerio de Transporte y Obras Públicas
las actuaciones generadas en dicho Organismo, consistentes en la
intervención de sus Divisiones Comercial y Hacienda, las cuales
controlaron la documentación aportada por la interesada, en cumplimiento
de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen
reglamentariamente para la habilitación en cuestión, no formulándose
objeciones en tal sentido;

 IV) Que la referida Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría
Técnica en Asuntos Portuarios, es conteste con el criterio manifestado
precedentemente.

 Atento: A lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y
Decreto Reglamentario Nº 413/92 del 1º de setiembre de 1992, Artículos 14,
17 y 18.

 El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

  Autorízase a la Administración Nacional de Puertos, a habilitar a la
empresa BOENAL S.A. para prestar los servicios que se solicitan en el
Puerto de Montevideo y oportunamente proceder a la inscripción de la misma
en el Registro de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios
correspondiente, una vez cumplidos todos los requisitos previstos en el
Decreto Nº 413/992 del 1º de setiembre de 1992. 

LACALLE HERRERA - JOSE LUIS OVALLE
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