Visto: la resolución del Poder Ejecutivo 279/981, de 18 de febrero de
1981 y el ajuste automático que esta establece.
Considerando: I) Que la aplicación de tales normas torna inaplicable el
mínimo estatuido en la ley 15.084 de 28 de noviembre de 1980;
II) Que en consecuencia, corresponde fijar el nuevo monto de las
asignaciones familiares, tomando en consideración los valores fijados a
partir de 1º de julio de 1981.
Atento: a lo expuesto, y a lo establecido en el artículo 2º, inciso 3º
de la ley 15.084 de 28 de noviembre de 1980,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Fíjanse en N$ 146.00 (nuevos pesos ciento cuarenta y seis) la
asignación familiar que por mes y por hijo le corresponde servir a la
Dirección General de la Seguridad Social desde enero de 1982, cualquiera
sea el número de hijos menores a cargo tratándose de prenatales,
preescolares y estudiantes que cursen estudios primarios, secundarios,
preparatorios y aprendizaje de oficio.