VISTO: la solicitud de la empresa PROSEGUR URUGUAY COMPAÑÍA DE SEGURIDAD
S.A., con número de RUT 211182580014, tendiente a que se amplíe la
Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de noviembre de 2009, por la que
se declaró promovida la actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: que la ampliación tiene como objetivo la apertura de nuevas
oficinas y su equipamiento de forma de contribuir al mejor funcionamiento
de la empresa y la ampliación del proyecto tiene como finalidad la
apertura de nuevas oficinas;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, de acuerdo a lo establecido en el
art. 10° del Decreto N° 455/007, de 27 noviembre de 2007, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentado por PROSEGUR URUGUAY
COMPAÑÍA DE SEGURIDAD S.A. da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley
No. 16.906, de 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
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Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de noviembre de
2009, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa PROSEGUR URUGUAY COMPAÑÍA DE SEGURIDAD S.A.,
tendiente a la apertura de nuevas oficinas y su equipamiento de forma de
contribuir al mejor funcionamiento de la empresa, siendo la finalidad de
la ampliación la apertura de nuevas oficina, por un monto de UI 6.098.014.