Modifícase asimismo el monto del equipamiento a importar por la precitada
empresa, detallado en el Anexo I y Anexo 2 de la mencionada resolución, en
el sentido de establecer que el monto total correcto del equipamiento a
importar es de U$S 756.430 (setecientos cincuenta y seis mil cuatrocientos
treinta dólares americanos) y no como figuraba en la resolución del 31 de
mayo de 1978 de U$S 507.130, lo cual no implica modificación alguna en le
listado del equipamiento.