VISTO: que en el Consulado de Distrito en Bagé, Río Grande del Sur, República Federativa del Brasil, el Cónsul de Distrito, termina sus funciones;
CONSIDERANDO: que en este marco el Consulado quedará acéfalo;
ATENTO: a lo establecido en el artículo 4°, numerales 2 y 3, artículo 25° y artículo 27° numeral 2 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares del 24 de abril de 1963; en los artículos 10° y 14° de la Ley número 19.268 de Organización Consular del 18 de setiembre de 2014; y a lo informado por la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación y la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Procédase al cierre del Consulado de Distrito en la ciudad de Bagé, Estado de Río Grande del Sur, República Federativa de Brasil.