El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la resolución del Poder Ejecutivo N° 1376/009 de fecha 7 de diciembre de 2009.
RESULTANDO: I) que la referida resolución otorgó a WIND FARMS URUGUAY S.A. autorización para generar energía eléctrica de fuente eólica por una potencia nominal de 9 MW mediante una central generadora a instalarse en los padrones N° 1.323, 1.358, 4.993, 5.895, 24.891, 18.984, 30.866 y 60.799 de la octava sección catastral del Departamento de Rocha;
II) que en el marco de la evaluación que le compete a la Dirección Nacional de Energía de los proyectos con autorización de generación de energía eléctrica se envió una nota a WIND FARMS URUGUAY S.A. solicitando información respecto al grado de avance del cronograma presentado del proyecto autorizado;
III) que vencido el plazo para presentar la información solicitada se sugirió, previa vista al interesado, revocar la autorización de generación;
IV) que al evacuar la vista WIND FARMS URUGUAY S.A. comunicó que la empresa está focalizada en el desarrollo de otros proyectos de generación eólica de mayor potencia a instalar a los efectos de adecuar la misma a la potencia requerida por los procedimientos competitivos convocados por UTE en los últimos años, y está de acuerdo en la revocación de la autorización para generar.
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica, aprobado por Decreto N° 360/002 de 14 de setiembre de 2002, es cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;
II) que el proyecto de generación presentado para el otorgamiento de la resolución del Poder Ejecutivo N° 1376/009 de fecha 7 de diciembre de 2009 no ha sido desarrollado, y se sugiere la revocación del acto administrativo;
III) que WIND FARMS URUGUAY S.A manifiesta la conformidad con la revocación de la autorización.
ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14694 de 1° de setiembre de 1977, la Ley N° 16832 de 17 de junio de 1997, el Decreto N° 360/002 de 14 de setiembre de 2002 y lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE: