Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud del Sindicato de la empresa FIBRATEX S.A., a fin de
que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo que abona el Banco de Previsión Social, a dos (2) trabajadores de la referida
empresa, al amparo de la ley 18.210 del 3 de diciembre de 2007.
RESULTANDO: Que la mencionada norma legal faculta al Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social a extender por razones de interés general, y por un
plazo de hasta 180 días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de
la empresa FIBRATEX S.A, afectados por el cese de sus actividades.
CONSIDERANDO: Que en uso de las facultades indicadas se entiende
conveniente ampliar la cobertura del beneficio de Seguro por Desempleo a
dos (2) trabajadores de la mencionada empresa.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 1º
de ley Nº 18.210 del 3 de diciembre de 2007.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
AMPLIASE por el plazo de noventa (90) días o su saldo, el beneficio del
subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a dos (2)
trabajadores de la EMPRESA FIBRATEX S.A que se encuentran en condiciones
legales de acceder al mismo.