DECLARACION DE INTERES NACIONAL EL PROYECTO DE INVERSION DE TALLERES METALURGICOS J. ULISES GÜIDA




Promulgación: 24/08/1977
Publicación: 05/09/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 306
   Visto: la gestión promovida por Talleres Metalúrgicos J. Ulises Güida,
tendiente a que se declare de Interés Nacional la elaboración de
perfilería de hierro conformada en frío que proyecta realizar.

   Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial en base a la
evaluación de la Unidad de Asistencia Técnica para el Desarrollo
Industrial, considera que corresponde declarar de Interés Nacional el
proyecto de inversión presentado por la citada firma y propone se le
concedan diversas medidas promocionales.

   Considerando: de los asesoramientos recabados surge la conveniencia de
acceder a lo solicitado por Talleres Metalúrgicos J. Ulises Güida, puesto
que el proyecto presentado cumple con objetivos del Plan Nacional de
Desarrollo y de la ley 14.178 de Promoción Industrial, de 28 de marzo de
1974, al obtener mayor eficiencia en la producción, colocar mano de obra
disponible y lograr un balance de divisas favorable a través de la
exportación hacia mercados con demandas crecientes.

   Atento: a lo informado por la Unidad de Asistencia Técnica para el
Desarrollo Industrial, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido en la ley 14.178 de Promoción Industrial, de
28 de marzo de 1974,

                       El Presidente de la República

                                   RESUELVE:

1

   Declárese de Interés Nacional la actividad a desarrollar por Talleres
Metalúrgicos J. Ulises Güida, según el proyecto de inversión presentado de
conformidad a lo establecido en la Ley de Promoción Industrial 14.178, de
28 de marzo de 1974.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 09/09/1977.

2

   Exonérase, en forma total, a Talleres Metalúrgicos J. Ulises Güida de
recargos, incluso el mínimo, tasas y derechos consulares, proventos y
tasas portuarias, derechos aduaneros y adicionales, Impuesto a las
Importaciones, o en su caso, Impuesto Aduanero Unico a las Importaciones,
y además tributos que se apliquen en ocasión de la importación de los
equipos industriales necesarios para la puesta en marcha del citado
proyecto. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 8.
Referencias al numeral

3

   Exonérase en forma total el Impuesto Unico a la Actividad Bancaria
generado en ocasión de los créditos aplicados al financiamiento de la
importación de maquinarias y equipos del presente proyecto.

4

   Exonérase, en forma total, a Talleres Metalúrgicos J. Ulises Güida de
los tributos que graven la constitución e inscripción de garantías
hipotecarias y prendarias necesarias para garantizar las operaciones de
financiamiento del presente proyecto.

5

   Exonérase, en forma total, a Talleres Metalúrgicos J. Ulises Güida de
los tributos que graven o se apliquen en ocasión de la adquisición de los
inmuebles necesarios para la realización del proyecto.

6

   Exonérase, en forma total, los tributos que graven la transformación de
la actual empresa unipersonal en Sociedad Anónima y del Impuesto a los
Contratos sobre capital.

7

   A los efectos de la aplicación de las medidas promocionales indicadas
precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo informe de
la Unidad Asesora, certificará ante los organismos pertinentes de que se
dan las condicionantes para su aplicación, de acuerdo al proyecto de
inversión presentado.

8

   El Ministerio de Industria y Energía, previo informe de la Unidad
Asesora, comunicará a los organismos pertinentes el listado de los bienes
objeto del numeral 2º de la presente resolución.

9

   A los efectos de la supervisión que debe realizar el Ministerio de
Industria y Energía, Talleres Metalúrgicos J. Ulises Güida deberá
presentar a la Unidad Asesora (Ley 14.178), la información que le sea
solicitada durante el lapso de 5 (cinco) años a partir de la puesta en
marcha del proyecto.

10

   Comuníquese, etc.

  APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI -
EDUARDO J. SAMPSON - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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