Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de Pesca, a
los fines que se expresarán;
RESULTANDO:
I) con fecha 22 de agosto de 2000, la firma NORTIDER S.A., solicitó el
correspondiente Permiso para ejercer actividades de Comercialización, de
productos de la pesca al por mayor;
II) el Instituto Nacional de Pesca, con fecha 26 de setiembre de 2000,
expresa que se han dado los extremos previstos reglamentariamente para
acceder a lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir con
todas las obligaciones de información, que con fines técnicos,
estadísticos o de investigación le fueren requeridos por el Instituto, en
ejercicio de las atribuciones conferidas al mismo por el decreto-ley Nº
14.484, de 18 de diciembre de 1975;
CONSIDERANDO: conveniente, de acuerdo con los informes favorables
vertidos en estos obrados, proveer en la forma aconsejada por el
Instituto Nacional de Pesca;
ATENTO: a lo preceptuado por el Art. 22 de la ley Nº 13.833, de 29 de
diciembre de 1969; decreto-ley Nº 14.484, de 18 de diciembre de 1975;
decreto Nº 149/997, de 7 de mayo de 1997; decreto Nº 73/999, de 10 de
marzo de 1999; decreto Nº 213/997. de 18 de junio de 1997 y a lo
informado por la División Servicios Jurídicos,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Otórgase a favor a la firma NORTIDER S.A., el correspondiente Permiso
para ejercer actividades de Comercialización de productos de la pesca al
por mayor, quedando la empresa obligada al pago de las tasas por los
conceptos previstos en la normativa vigente.