OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. SUDAMTEX DE URUGUAY S.A.




Promulgación: 12/09/2001
Publicación: 19/09/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
                                                                          
VISTO: La solicitud de la Sindicatura provisoria de SUDAMTEX DE URUGUAY 
S.A. a fin de que se amplíe el beneficio de Seguro por Desempleo, que 
abona el Banco de Previsión Social, a 137 (ciento treinta y siete), de 
los trabajadores.

RESULTANDO: Que la liquidación judicial de la Empresa ha provocado el 
envío del personal de la empresa al Seguro por Desempleo, que en la 
actualidad se encuentra a la espera de obtener nueva fuente de trabajo o 
la reapertura de la planta industrial de concretarse el interés de nuevos 
inversores.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro 
por Desempleo a estos trabajadores, en un tiempo prudencial, a la espera 
que se obtenga nueva fuente de trabajo.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social, a 135 (ciento treinta 
y cinco), trabajadores de la firma SUDAMTEX DE URUGUAY S.A. que se 
encuentren en condiciones legales de acceder al mismo.

2

 Amplíase por el plazo de 60 (sesenta), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social, a 1 (uno), de los 
trabajadores de la firma SUDAMTEX DE URUGUAY S.A. que se encuentren en 
condiciones legales de acceder al mismo.

3

 Amplíase por el plazo de 30 (treinta), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social, a 1 (uno), de los 
trabajadores de la firma SUDAMTEX DE URUGUAY S.A. que se encuentren en 
condiciones legales de acceder al mismo. 

4

 El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará 
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180, 
de 20 de agosto de 1981.

5

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO


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