PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. SEVEL URUGUAY S.A.




Promulgación: 06/12/1995
Publicación: 26/12/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: El planteo efectuado por SEVEL URUGUAY S.A., solicitando la
extensión  del Seguro por Desempleo para 67 (sesenta y siete) de sus
trabajadores.

  Resultando: I) Que la citada empresa se vio obligada a detener sus
actividades, debiendo enviar a su personal al Seguro por Desempleo.

II) que factores coyunturales adversos, determinan que la empresa se vea
imposibilitada de reingresar en forma inmediata a sus trabajadores.

  Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º artículo 10º del Decreto - ley
Nº 15.180.

II) Que la empresa ha hecho un gran esfuerzo para reiniciar a partir del
1º de octubre los trabajos de ensamblado de automóviles.

III) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo y producción, transitoriamente paralizada por las razones
expuestas, dada la trascendencia que para Paso Carrasco (Canelones)
tiene la Empresa SEVEL URUGUAY S.A.

IV) Que resulta conveniente conceder una prórroga del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de facilitar a la empresa seguir gestionando
acuerdos empresariales que permitan la reactivación fabril,
particularmente la concreción de un acuerdo con una Empresa Multinacional,
a fin de consolidar la unidad de trabajo y producción.

  Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el artículo
10 del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                        El Presidente de la República

                                  RESUELVE:

1

  Extiéndase por el plazo de 90 (noventa) días a 35 (treinta y cinco) de
los trabajadores de Sevel Uruguay S.A. a partir  del 1º de diciembre del
corriente y amplíase por 60 (sesenta) días a 32 (treinta y dos) de sus
trabajadores a partir del 31 de diciembre del presente año, el amparo de
los beneficios del Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión
Social, a los trabajadores que estuvieren en condiciones de acceder al
mismo. 

2

  Comuníquese, notifíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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