VISTO: la gestión de "Deutsche Bank S.A. - Banco AlemÆo", con sede en la
ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil.-
RESULTANDO: que por la misma solicita se le autorice la instalación de
una Sucursal en nuestro país, resuelta por el Directorio de la
institución con fecha 17 de enero de 2000, y que funcionaría como
Institución Financiera Externa, con la denominación de "Deutsche Bank
S.A. - Banco AlemÆo (Uruguay) I.F.E.".-
CONSIDERANDO: I) que los organismos asesores correspondientes produjeron
sus respectivos dictámenes favorables a la aprobación de la referida
solicitud.-
II) lo establecido por el artículo 411º de la Ley Nº 13.892, de 19 de
octubre de 1970; artículo 4º numeral 5) del Decreto Nº 574/974 de 12 de
julio de 1974; Decreto-Ley Nº 15.322, de 17 de setiembre de 1982 y
disposiciones concordantes y complementarias.-
ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la Auditoría
Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase a "Deutsche Bank S.A. - Banco AlemÆo", con sede en la ciudad
de San Pablo, República Federativa de Brasil, a instalar una sucursal en
la República Oriental del Uruguay, que funcionará como Institución
Financiera Externa, con la denominación de "Deutsche Bank S.A. - Banco
AlemÆo (Uruguay) I.F.E.".-