VISTO: la Resolución de Fiscalía de Corte y Procuradoría General de la
Nación Nº A/105/002 de fecha 23 de julio de 2002;
RESULTANDO: que por dicha Resolución, la Fiscalía de Corte y Procuradoría
General de la Nación, determina el régimen de turnos de las Fiscalías
Letradas Nacionales de lo Civil, en materia de violencia doméstica, para
actuar ante los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Familia que se
encuentran de servicio, de conformidad con la planilla de turnos,
confeccionada por la Suprema Corte de Justicia para dichos efectos.
CONSIDERANDO: I) que esta Secretaría de Estado comparte el criterio
adoptado por el Sr. Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación,
para la determinación de la sede fiscal civil, que actuará en materia de
violencia doméstica ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de
Familia de Turno;
II) que en razón de ello, y de conformidad con lo establecido en el art.
5º inciso final, de la Ley Nº 17.514, de 2 de julio de 2002, sobre
"Violencia Doméstica", corresponde aprobar la resolución a que refiere el
Visto de la presente;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por Resoluciones
del Poder Ejecutivo Nº 966/991 de 4/12/991, literal "c" y Nº 13/993,
título VII, art. 1º, literal "c" de 12 de enero de 1993, que delegan
atribuciones,
EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA, en ejercicio de las atribuciones
RESUELVE:
APRUEBASE el régimen de determinación de los turnos de las Fiscalías
Letradas Nacionales de lo Civil, en materia de violencia doméstica, que
se establece en la Resolución Nro. A/105/002, de la Fiscalía de Corte y
Procuradoría General de la Nación, de fecha 23/07/2002.
COMUNIQUESE a la Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura
y pase a la Fiscalía de Corte y Procuradoría General de la Nación para su
conocimiento y demás efectos que viere del caso corresponder.