Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo efectuado por CONTI Y TESTONI S.A. solicitando la
extensión del Seguro por Desempleo para 5 (cinco) de sus trabajadores.
Resultando: I) Que la empresa se vio obligada a detener sus actividades
debiendo enviar a parte de sus trabajadores al Seguro por Desempleo.
II) Que factores coyunturales adversos, determinan que la empresa se
vea imposibilitada de reingresar en forma inmediata a sus trabajadores.
Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto- Ley
Nº 15.180.
II) Que resulta de interés general mantener esta fuente de trabajo y
producción, transitoriamente paralizada por las razones expuestas, para
que la empresa continúe efectuando gestiones tendientes a concretar
nuevos negocios.
III) Que resulta conveniente extender el amparo al Seguro por Desempleo
a efectos de permitir a la empresa seguir instrumentando las medidas
tendientes a la reincorporación del personal, evitando la pérdida de la
fuente de trabajo.
Atento: A lo expuesto precedentemente, y a lo establecido en el art. 10
del Decreto- Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase por 60 (sesenta) días, a partir de los respectivos
vencimientos, el amparo de los beneficios que otorga el Banco de Previsión
Social por Seguro de Desempleo para 5 (cinco) de los trabajadores de la
firma CONTI Y TESTONI S.A., que se encuentren en condiciones de acceder al
mismo.