VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
para que sea declarado Monumento Histórico Nacional el Cuartel de Sarandí
del Yi, propiedad del Ministerio de Defensa Nacional, padrón Nº 2.035 de
la localidad Catastral del Departamento de Durazno, sito sobre el Km. 210
de la Ruta Nº 6, a 5 Km. de la ciudad de Sarandí del Yí (*), en el paraje conocido como "Paso del Rey".-
RESULTANDO: I) Que en el año 1905 el Poder Ejecutivo autorizó al Tte.
Cnel. e Ingeniero Geógrafo José Chiappara a construir cuarteles en las
ciudades de Trinidad, Durazno y Sarandí del Yi, siendo este último el
único aún existente.-
II) Que el Cuartel de Sarandí del Yi, construido en un punto estratégico
del área central de nuestro país, cobró especial significación en función
del Decreto del Poder Ejecutivo del 8 de setiembre de 1942, por el que se
resolvió el traslado de noventa y seis tripulantes del acorazado de
bolsillo "ADMIRAL GRAF SPEE" y del buque auxiliar "TACOMA" al viejo
Cuartel de Caballería, donde permanecieron internados hasta el fin de la
II Guerra Mundial, en condiciones que se impone valorar.-
III) Que constituye un valioso ejemplo de la arquitectura militar de
principios del siglo XX, remarcable por su atípica tipología, la solidez
de su imagen y su condición de referente identificatorio de su entorno.-
CONSIDERANDO: I) La conveniencia de rehabilitar y poner en valor el
edificio en un nuevo contexto, donde puedan integrarse las funciones
propias de su condición de sede militar con actividades de servicio a la
comunidad y rescate de su acervo histórico.-
II) La existencia de un interés convergente en diversas instituciones
(Ejército Nacional, Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de
Turismo, Intendencia Municipal de Durazno, organizaciones sociales y
empresariales del Departamento de Durazno) con vistas a elaborar un plan
concreto de gestión.-
III) Que es de particular interés la posibilidad de concretar la
instalación de un Museo Temático sobre la Batalla del Río de la Plata y
la situación de los marinos internados en el Cuartel entre 1942 y el fin
de la II Guerra Mundial.-
IV) Que el Poder Ejecutivo con el propósito de proteger aquellos bienes
culturales que representan un importante valor patrimonial accederá a lo
solicitado declarando Monumento Histórico el Cuartel de Sarandí del Yi,
padrón Nº 2.035 de la localidad Catastral del Departamento de Durazno,
sito sobre el Km. 210 de la Ruta Nº 6, a 5 Km. de la ciudad de Durazno, en el paraje conocido como "Paso del Rey".-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la ley 14.040 del
20 de octubre de 1971, en el Decreto 536/72 de fecha 01 de agosto de
1972.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
DECLARASE Monumento Histórico el Cuartel de Sarandí del Yí, padrón Nº
2.035 de la localidad Catastral del Departamento de Durazno, sito sobre
el Km. 210 de la Ruta Nº 6, a 5 Km. de la ciudad de Sarandí del Yí, en
el paraje conocido como "Paso del Rey". (*)
(*)Notas:
Visto y Numeral 1º) redacción dada por: Resolución Nº 1.612/001 de
01/11/2001 numeral 1.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 1.330/001 de 13/09/2001 numeral 1.
COMUNIQUESE al Registro de la Propiedad Inmueble del Departamento de
Durazno, a la Intendencia Municipal de Durazno, a la Junta Departamental
de Durazno, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al Ministerio
de Defensa Nacional, a la Dirección Nacional de Catastro y a la Comisión
del Patrimonio Cultural de la Nación.-