CONTRATACIONES DEL ESTADO. LICITACIONES PUBLICAS




Promulgación: 18/06/1980
Publicación: 15/07/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 1344
    Visto: estos antecedentes elevados por la Comisión Técnica Ejecutora
del Plan Nacional de Silos, a los fines que se indicarán.

    Resultando: I) La mencionada Comisión Técnica expresa que la primera
etapa del Plan Nacional de Silos, tuvo como meta realizar en las
localidades estratégicamente seleccionadas de las zonas agrícolas, plantas
de almacenamiento de granos, que con un bajo costo operativo aseguraran un
eficaz rendimiento y buen manejo de las mismas;

II) Lo ejecutado desde 1972 a la fecha, ha permitido disponer de treinta y
dos unidades de secadoras -máquinas fijas y móviles- y ciento sesenta y
siete mil doscientas toneladas de acopio a granel. Este tonelaje se obtuvo
con la construcción de catorce plantas de almacenamiento, dotadas de
equipos electromecánicos que permiten una operación económica y de suma
eficiencia y con la adaptación de varios graneros de propiedad estatal;

III) En la segunda etapa, parcialmente en ejecución se ha dado prioridad a
la infraestructura portuaria, necesaria para la entrega a bodega y recibo
desde la misma de granos, así como contar con la capacidad de
almacenamiento para esa finalidad. En ese sentido se considera que los
puertos de Fray Bentos y Nueva Palmira, por su ubicación y profundidad,
ofrecen óptimas condiciones para concentrar y dar salida a los excedentes
agrícolas del país. Por las mismas razones son los indicados para recibir
granos que deban importarse en embarcaciones de calado medio. Destaca que
estos dos puertos, últimamente han sido elegidos por los exportadores de
Paraguay para reembarque de los cargamentos de soja provenientes de aquel
país;

IV) En lo referente a Fray Bentos, obras ya habilitadas -ampliación y
granelización del depósito cerealero y las que se hallan en ejecución-
ampliación de la capacidad de carga a barco y otras mejoras del elevador
lo dotarán de una comodidad de 21.000 toneladas a granel con una capacidad
de embarque de 400 toneladas/hora;

V) Con respecto al puerto de Nueva Palmira, sólo se dispone de un galpón,
en el que recientemente, con recursos del Plan Nacional de Silos, se
realizaron los trabajos necesarios para transformarlo en granelero.
También en la Zona Franca, contigua al puerto, el Ministerio de
Agricultura y Pesca posee una planta de silos subterráneos, que por sus
propias características son inapropiadas para almacenajes por períodos
cortos, distando 1.200 metros del muelle, por lo que no corresponde pensar
en su rehabilitación como almacén terminal. Por el contrario se considera
que la solución más acorde con los intereses del país en general y de las
necesidades del Ministerio de Agricultura y Pesca en particular está dada
por la construcción de una planta de almacenamiento que funcione como
terminal portuario, de elevada tecnología y de una capacidad acorde a una
expectativa que abarque los próximos veinte años;

VI) Los distintos aspectos que contempla el proyecto son: 1) Area de
recibo, compuesta de tolva, balanza con plataforma volcadora y
laboratorio; 2) Area de almacenamiento, conformada por catorce celdas y
seis entreceldas que determinan una capacidad total de 30.000 toneladas;
3) Torre de manipuleo, que concentra los controles de los equipos de
transporte, limpieza, balanza y el comando de todas las instalaciones; 4)
Area de secado, que se integra con una máquina secadora, equipo de
prelimpieza de dos silos pulmón; 5) Almacén de pellets. A este fin se
destina el galpón-silo recientemente acondicionado, el que se vincula a la
torre de manipuleo; 6) Ampliación en 200 metros de la cabecera del muelle
oficial; 7) Sistema de carga y descarga de barcos, compuesto de cinta
transportadora y trasbordador móvil, ambos para una capacidad de 600
toneladas/hora, que permite tanto la entrega de mercaderías a distintas
bodegas como la operación inversa; 8) Sistema de distribución de energía
en alta tensión;

VII) La Comisión Técnica Ejecutora del Plan Nacional de Silos entiende
conveniente adjudicar los trabajos de ingeniería civil y el
aprovisionamiento de equipos mediante licitaciones parciales. El pliego de
condiciones y la complementación gráfica que la acompaña, que fueron
aprobados por la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de
Agricultura y Pesca, se refieren a la provisión y montaje de los equipos
correspondientes a los sectores de los numerales 1) al 5) precedentemente
enunciados, estando previsto el plazo para la finalización de las obras en
30 meses. Posteriormente elevará la documentación referente a las obras de
ingeniería civil relativa también a los numerales 1) al 5). Una vez
terminados los trabajos incluidos en estas dos licitaciones, la planta
estará en condiciones de realizar todas las operaciones inherentes a un
elevador zonal, no bien se obtenga la conexión a la red de U.T.E. En
cuanto a los trabajos y adquisiciones correspondientes a los sectores
vinculados con los numerales 6), 7) y 8), tiene programado realizar las
respectivas licitaciones en el correr del próximo año;

VIII) La Comisión solicitó sobre el proyecto a la Administración Nacional
de Puertos y a la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas. La Administración Nacional de Puertos manifiesta su apoyo
al desarrollo de los puertos de Fray Bentos y Nueva Palmira con vista a la
exportación, importación y arribo en tránsito de cereales. Comparte el
criterio de localizar el terminal de Nueva Palmira en la zona portuaria y
aprueba la ubicación elegida dentro de ésta. Asimismo, estima conveniente
la prolongación del actual muelle en 200 metros y sugiere que en el diseño
definitivo se opte por un ancho que permita la circulación y maniobra de
camiones y grúas de modo que pueda usarse para otras operaciones
portuarias. En ese sentido considera conveniente -criterio que comparte la
Comisión- que un técnico de la Administración Nacional de Puertos
participe en la elaboración de los pliegos de condiciones par la
construcción del muelle y su equipamiento. La Dirección de Hidrografía -
uno de cuyos técnicos participó en el estudio de la prolongación del
muelle- manifiesta no tener observaciones que formular al proyecto y que
no existe inconveniente al dragado en la zona de la cabecera del muelle;

IX) Solicita, en consecuencia, autorización para efectuar el
correspondiente llamado a licitación pública, referente a la "Instalación
Electromecánica del Elevador Portuario de Nueva Palmira", así como la
aprobación del pliego de condiciones correspondiente. Agrega que la
erogación estimada en alrededor de N$ 21:700.000,00, será atendida con
cargo al Fondo Nacional de Silos.

    Considerando: I) Toda inversión cuyo objetivo sea el enunciado en la
parte expositiva de esta resolución, beneficiará a la economía de
intercambio de productos agrícolas a nivel nacional y permitirá ofrecer
servicios a comerciantes de otros países;

II) Conveniente, por tanto, proveer en la forma aconsejada por la Comisión
Técnica Ejecutora del Plan Nacional de Silos.

    Atento: a lo que señala el artículo 29 del proyecto de ley de
Contabilidad y Administración Financiera puesto en vigencia, para todos
los organismos del Estado, a partir del 1º de enero de 1968, por el
decreto 104/968, de 6 de febrero de 1968, en base a lo preceptuado por el
artículo 512 de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto
Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones),

                   El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Autorízase a la Comisión Técnica Ejecutora del Plan Nacional de Silos
para efectuar los llamados a licitación pública que correspondan, para la
"Instalación Electromecánica del Elevador Portuario de Nueva Palmira". (*)

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 20/08/1980.
Ver en esta norma, numeral: 2.

2

     Apruébase el pliego de condiciones que regirá los llamados a
licitación pública autorizados por el numeral anterior.

3

   La erogación emergente, por un monto estimado de N$ 21:700.000,00
(son nuevos pesos veintiún millones setecientos mil), se atenderá con
recursos del Fondo Nacional de Silos (Cuenta Nº 31.305/610).

4

     Comuníquese y a sus efectos, vuelva a la Comisión Técnica Ejecutora
del Plan Nacional de Silos.

APARICIO MENDEZ - JUAN C. CASSOU - EDUARDO J. SAMPSON
Ayuda