PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CALNU




Promulgación: 22/12/1995
Publicación: 05/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
     Visto: El planteo realizado por el Sindicato de Obreros de Calnú a
efectos de que se extienda la cobertura de Seguro por Desempleo para trece
de los trabajadores despedidos de la Cooperativa.

     Resultando: Que CALNU se ha visto obligada al despedido de un número
importante de sus trabajadores ante factores coyunturales económicos
financieros adversos.

     Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos previstos en el artículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180.

     II) Que resulta de interés general posibilitar que trabajadores
especializados se reinserten a la actividad productiva en la zona de Bella
Unión.

     III) Que resulta conveniente conceder una extensión de la cobertura
del Seguro por Desempleo a efectos de permitir dicha reinserción.

     Atento: A lo que dispone el artículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180 de
20 de agosto de 1981.

                         El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

     Amplíase por  el plazo de sesenta días, a partir de los respectivos
vencimientos, el amparo de los beneficios que otorga el Banco de Previsión
Social por Seguro por Desempleo, a los 13 (trece) trabajadores despedidos
por CALNU. 

2

  Comuníquese, notifíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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