AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO. JORGE DENIS PRONCZUK MAZUROK




Promulgación: 15/11/1994
Publicación: 01/12/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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Quedan formuladas las siguientes reservas:

a) de la prestación de los servicios de rampa por el Estado o quien éste
designe.
b) del derecho de adquisición a que alude el artículo 26 de la
Reglamentación aprobada por el Decreto 39/977 de fecha 25 de enero de
1977.
c) de la transmisión de los mensajes clase "B" por la Dirección General de
Infraestructura Aeronáutica en tanto esta esté en condiciones de hacerlo.

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