Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al Ejercicio 1995,
presentados por la Unidad Ejecutora 016 "SODRE" del Inciso 11 "Ministerio
de Educación y Cultura" aprobado por resolución del Poder Ejecutivo de
fecha 22 de mayo de 1995.
Resultando: I) que se gestiona, un nuevo pronunciamiento del Poder
Ejecutivo respecto a las modificaciones introducidas por dicha Unidad
Ejecutora en sus preventivos, correspondiente a los fondos depositados en
sus cuentas bancarias.
II) que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado sus preventivos a
las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las demás
disposiciones que regulan la materia.
Considerando: lo dispuesto por los artículos 45 y 48 del Decreto Ley
Nº 14.416 de 28 de agosto de 1975, con la redacción dada respectivamente,
por los artículos 45 y 46 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987.
Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y a lo
dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 13/993 de 12 de enero
de 1993.
El Ministro de Economía y Finanzas, en el ejercicio de
sus atribuciones delegadas;
RESUELVE:
1
Apruébanse las modificaciones introducidas en los Preventivos Anuales
de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales
correspondientes al ejercicio 1995, presentados por la Unidad Ejecutora
016 del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" por un monto total
de $ 82:415.600,oo (pesos uruguayos ochocientos dos millones cuatrocientos
quince mil seiscientos) y U$S 470.800,oo (cuatrocientos setenta mil
ochocientos dólares de los Estados Unidos de América) de acuerdo al
siguiente detalle:
U.E. DENOMINACION BANCO CUENTA MONTO $
016 SODRE BROU 34347/30 200.000
34347/70 25:000.000
34347/120 34:473.600
34347/140 22:742.000
TOTAL $ 82:415.600
U.E. DENOMINACION BANCO CUENTA MONTO U$S
016 SODRE BROU 34347/1 70.800
34347/6 400.000
TOTAL U$S 470.800
Los antecedentes pertinentes expresados en formularios anexos para
cada cuenta forman parte del cuerpo de la presente Resolución.