OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. INSTITUTO NACIONAL DE ABASTECIMIENTO (INA)




Promulgación: 22/11/2000
Publicación: 29/11/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
                                                                          
VISTO: La solicitud del INSTITUTO NACIONAL DE ABASTECIMIENTO (INA), a fin 
de que se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el 
Banco de Previsión Social, a. 217 (doscientos diecisiete), de sus 
trabajadores.

RESULTANDO: I) Que la reducción de la actividad comercial, ha determinado 
el envío del personal al Seguro por Desempleo.

II) Que en la actualidad no es posible su reingreso a la actividad.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro 
por Desempleo a efectos de seguir instrumentando las medidas necesarias a 
efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

Otórgase por el plazo de 90 (noventa) días, a contar de los respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 218 (doscientos dieciocho), de los trabajadores del INSTITUTO NACIONAL DE ABASTECIMIENTO (INA), que se encuentren en condiciones legales de acceder al mismo. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 124/001 de 01/02/2001 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 1.360/000 de 22/11/2000 numeral 1.

2

 El monto del subsidio que por esta Resolución se concede, será igual a 
la establecida en el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de 
agosto de 1981

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO


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