VISTO: la solicitud de transferencia parcial de la titularidad de la frecuencia 97.9 Mhz, Canal 250 del departamento de Montevideo, cuyo titular es Bonimar S.A., a favor de la Sra. Andrea Mirela Martini Guigou;
RESULTANDO: I) que la autorización de dicha frecuencia fue otorgada por Resolución del Poder Ejecutivo N° 869/995, de 26 de julio de 1995;
II) que con fecha 21 de noviembre de 2000 por Resolución del Poder Ejecutivo N° 1320/000, se autorizó la transferencia a favor de Bonimar S.A. de la estación radiodifusora CXD 250 que opera en la frecuencia 97.9 de la ciudad de Montevideo;
III) que con fecha 25 de marzo de 2019 por Resolución del Poder Ejecutivo N° 158/019, se autorizó la transferencia parcial del capital accionario de Bonimar S.A., quedando integrada por la Sra. Andrea Mírela Martini Guigou, con un 53% de las acciones y la Sra. Sara Blechman Galun, con un 47% de las acciones;
CONSIDERANDO: I) que los interesados solicitaron autorización para realizar el negocio de transferencia parcial de titularidad a favor de la Sra. Andrea Mírela Martini Guigou, en virtud del cual el capital accionario de Bonimar S.A., quedará integrado por la Sra. Andrea Mírela Martini Guigou con un 100% de las acciones;
II) que conforme a lo establecido en el artículo 109 inciso 5 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 de Servicios de Comunicación Audiovisual, corresponde que el Poder Ejecutivo se pronuncie sobre la propuesta de transferencia solicitada;
III) que analizada la documentación presentada, la parte interesada ha cumplido con los requisitos exigidos a efectos de acceder a lo solicitado;
IV) que conforme a lo preceptuado en los artículos 104 y 109 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 y 41 del Decreto N° 160/019 de 5 de junio de 2019, se convocó a Consulta Pública;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 de Servicios de Comunicación Audiovisual, el Decreto N° 347/992 de 21 de julio de 1992, el Decreto N° 155/005 de 9 de mayo de 2005 y el Decreto N° 160/019 de 5 de junio de 2019, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase a los solicitantes la realización del negocio definitivo de transferencia parcial de la titularidad de la frecuencia 97.9 Mhz, Canal 250 del departamento de Montevideo, cuyo titular es Bonimar S.A, a favor de la Sra. Andrea Mírela Martini Guigou, en virtud del cual el capital accionario de Bonimar S.A., quedará integrado por la Sra. Andrea Mírela Martini Guigou con un 100% de las acciones.
Establécese que conforme a lo previsto en el artículo 109 inciso 6 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014 de Servicios de Comunicación Audiovisual, las partes involucradas cuentan con un plazo de cuatro meses para acreditar en forma fehaciente ante el Poder Ejecutivo la realización del negocio, so pena de caducidad de la autorización conferida.