VISTO: la solicitud de la empresa CEDETEX S.A., tendiente a que se
amplíe el plazo del beneficio de autocanalización del ahorro previsto en
la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 14 de febrero de 1996, por la
que se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
de la firma CEDETEX S.A.
RESULTANDO: la empresa manifiesta que tuvo atrasos en la implantación
del proyecto, por razones ajenas a la misma;
CONSIDERANDO: La Dirección Nacional de Industrias informa que no
existe inconveniente en acceder a lo solicitado por la empresa, en el
sentido de prorrogar el plazo del beneficio de autocanalización del
ahorro, por el monto equivalente al aporte propio correspondiente a dicha
maquinaria;
ATENTO: a lo expuesto, lo informado por la Dirección Nacional de
Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
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Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 14 de febrero de
1996, por la que se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto
de inversión de la empresa CEDETEX S.A., en el sentido de prorrogar el
plazo del beneficio de autocanalización del ahorro hasta un monto máximo
generador de dicha exoneración de U$S 362.700, que será aplicable a los
ejercicios fiscales comprendidos entre el 1o./10/96 y el 30/09/98.
La empresa CEDETEX S.A. tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el
capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes al capital
integrado, de acuerdo al inciso 1o. del presente numeral, hasta el día
30/09/99.