VISTO: el proyecto presentado por la empresa WEYERHAEUSER PRODUCTOS S.A.
(antes LOS PIQUES S.A.) para la instalación de una central generadora de
energía eléctrica de 12 MW alimentada a partir de los desperdicios de
madera;
RESULTANDO: que por la misma solicita autorización para generar energía
eléctrica utilizando biomasa como fuente primaria de energía, de acuerdo a
lo previsto en los artículos 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista
de Energía Eléctrica;
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 53
siguiente y concordantes del "Reglamento del mercado Mayorista de Energía
Eléctrica" aprobado por Decreto N° 360/002 de 14 de setiembre de 2002, es
cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;
II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía y Tecnología
Nuclear y la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua (URSEA)
creada por Ley N° 17598, de 13 de diciembre de 2002, el presente petitorio
cumple con los requisitos exigidos por la normativa vigente.
ATENTO: a lo expuesto, lo previsto por el Decreto-Ley N° 14694 de 1° de
setiembre de 1977 y el Decreto-Ley N° 15031 de 4 de julio de 1980, con las
modificaciones introducidas por la Ley N° 16211 de 1° de octubre de 1991 y
la Ley N° 16832 de 17 de junio de 1997, Decreto N° 360/002 de 14 de
setiembre de 2002, y lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio
de Industria Energía y Minería.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase a la empresa WEYERHAEUSER PRODUCTOS S.A. (antes LOS PIQUES
S.A.) a generar energía eléctrica utilizando biomasa proveniente de
desperdicios de madera, mediante una central generadora de 12 MW, ubicada
en el padrón rural N° 3167 de la Sección Judicial 5ª lámina catastral J11D
del departamento de Tacuarembó.