Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley número 18.562, de 11 de
setiembre de 2009.
RESULTANDO: que el referido artículo dispone que la Dirección Nacional de
Loterías y Quinielas realizará anualmente, en fecha que determinará el
Poder Ejecutivo, un sorteo especial de lotería, a total beneficio del
Hospital Pasteur, con el destino establecido en dicha norma.
CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas ha
sugerido que dicho sorteo se realice el día 9 de abril de 2010;
II) que nada obsta a que se apruebe la sugerencia de la referida
Dirección.
ATENTO: a lo antes expuesto, a lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley
número 18.562 de 11 de setiembre de 2009, lo sugerido por la Dirección
Nacional de Loterías y Quinielas y lo informado por la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Economía y Finanzas;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Dispónese el 9 de abril de 2010, como fecha para la realización del
sorteo especial de lotería, a total beneficio del Hospital Pasteur, de
acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1° de la ley 18.562 de 11 de
setiembre de 2009.