FIJACION DE TARIFAS MAXIMAS PARA LOS TAXIMETROS. JUNIO 2022




Promulgación: 10/06/2022
Publicación: 17/06/2022
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la necesidad de actualizar las tarifas máximas para el Servicio de Automóviles con Taxímetro de todo el país;

   RESULTANDO: que las tarifas vigentes son las resultantes de la Resolución N° 22/022 del Ministerio de Economía y Finanzas, de 28 de enero de 2022;

   CONSIDERANDO: el resultado de los estudios realizados por la Asesoría Macroeconómica y Financiera, en cuanto a la incidencia de las variaciones producidas en los ingresos, costos, y nivel de actividad del sector;

   ATENTO: a lo expresado y a lo dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo N° 13/993, de 12 de enero de 1993;

                    LA MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
                 en ejercicio de atribuciones delegadas,

                                RESUELVE:

1

   Fijar las siguientes tarifas máximas para el servicio de Automóviles con taxímetro en:

A) Todo el país, excepto el correspondientes a los departamentos de
   Montevideo, Maldonado, Canelones, Colonia, San José, Salto, Tacuarembó
   y el Aeropuerto Internacional de Carrasco

   a)     Bajada de bandera con 250 m de recorrido...............$   56,45
   b)     Fichas cada 100 m de recorrido subsiguiente............$    3,31
   c)     Hora de espera.........................................$  503,50
   d)     Tarifa nocturna (de 22 a 06hs) recargo máximo: 20%
          (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   e)     Tarifa domingos y feriados, recargo máximo: 20% 
          (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   f)     Valijas: una sin cargo; cada valija adicional de más
          de 0.90 x 0.40 x 0.30, un máximo de....................$   23,08

   B)     Departamento de Montevideo

   a)     Bajada de bandera con 100 m de recorrido ..............$   55,96
   b)     Fichas cada 100 m de recorrido subsiguiente............$    3,25
   c)     Hora de espera....................................     $  499,24
   d)     Tarifa nocturna (de 22 a 06hs) recargo máximo: 
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   e)     Tarifa domingos y feriados, recargo máximo: 
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   f)     Valijas: una sin cargo; cada valija adicional de más 
          de 0.90 x 0.40 x 0.30, un máximo de....................$   22,91

   C)     Departamento de Maldonado

   a)     Bajada de bandera con 700 m de recorrido...............$   71,34
   b)     Fichas cada 140 m de recorrido subsiguiente............$   10,25
   c)     Hora de espera..........................................$ 552,57
   d)     Tarifa nocturna (de 22 a 06hs) recargo máximo: 
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   e)     Tarifa domingos y feriados, recargo máximo:
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   f)     Valijas: una sin cargo; cada valija adicional 
          de más de 0.90 x 0.40 x 0.30, un máximo................$   25,45

   D)     Aeropuerto Internacional de Carrasco

   a)     Bajada de bandera con 700 m de recorrido...............$   59,36
   b)     Fichas cada 110 m de recorrido subsiguiente............$    9,94
   c)     Hora de espera.........................................$  553,16
   d)     Tarifa nocturna (de 22 a 06hs) recargo máximo:
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   e)     Tarifa domingos y feriados, recargo máximo: 
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   f)     Valijas: una sin cargo; cada valija adicional de 
          más de 0.90 x 0.40 x 0.30, un máximo de................$   25,45

   E)     Departamentos de Canelones, Colonia y San José

   a)     Bajada de bandera con 700 m de recorrido...............$   63,98
   b)     Fichas cada 140 m de recorrido subsiguiente............$    9,20
   c)     Hora de espera.........................................$  495,24
   d)     Tarifa nocturna (de 22 a 06hs) recargo máximo:
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   e)     Tarifa domingos y feriados, recargo máximo: 
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   f)     Valijas: una sin cargo; cada valija adicional de más 
          de 0.90 x 0.40 x 0.30, un máximo de .....................$ 22,78

   F)     Departamento de Salto

   a)     Bajada de bandera con 250 m de recorrido.................$ 78,58
   b)     Fichas cada 100 m de recorrido subsiguiente..............$  4,54
   c)     Hora de espera...........................................$492,38
   d)     Tarifa nocturna (de 22 a 06hs) recargo máximo: 
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   e)     Tarifa domingos y feriados, recargo máximo:
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   f)     Valijas: una sin cargo; cada valija adicional de más 
          de 0.90 x 0.40 x 0.30, un máximo de......................$ 22,57

   G)     Departamento de Tacuarembó

   a)     Bajada de bandera con 700 m de recorrido.................$ 67,42
   b)     Fichas cada 140 m de recorrido subsiguiente..............$  7,55
   c)     Hora de espera..........................................$ 519,13
   d)     Tarifa nocturna (de 22 a 06hs) recargo máximo:
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   e)     Tarifa domingos y feriados, recargo máximo: 
          20% (veinte por ciento) sobre la tarifa diurna
   f)     Valijas: una sin cargo; cada valija adicional de más
          de 0.90 x 0.40 x 0.30, un máximo de.....................$  23,08

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 2 (vigencia).

2

   La presente Resolución entrará en vigencia a partir del tercer día de su publicación en el Diario Oficial.

3

   Comuníquese a las Intendencias Departamentales a los efectos de la determinación de los aspectos necesarios para la correcta aplicación de las nuevas tarifas dispuestas.

4

   Comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.

   AZUCENA ARBELECHE
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