VISTO: que la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas
(UTE) promueve la autorización del Poder Ejecutivo para la compra de
energía eléctrica a la empresa Endesa Cemsa S.A. (CEMSA).
RESULTANDO: que por Resolución N° 09.-1364 de 29 de octubre de 2009, el
Directorio de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas aceptó la propuesta de Tercera Adenda al Contrato Readecuado de
Potencia Firme y Energía Asociada por hasta 150 MW, que en fecha 29 de
octubre de 2009 formulara la empresa Endesa Cemsa S.A.
CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear
sugiere otorgar la autorización solicitada por UTE;
II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería informa que no existen objeciones que formular y comparte lo
sugerido por la DNETN en el sentido de autorizar por parte del Poder
Ejecutivo la importación de energía resultante del contrato aludido, de
acuerdo a lo peticionado por UTE.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 4°, literal c)
del Decreto-Ley N° 15.031 de 04-07-80 (Ley Orgánica de UTE), 5° del
Decreto Ley N° 14.694 de 1° de setiembre de 1977 (Ley Nacional de
Electricidad), 303 y siguientes del Decreto del Poder Ejecutivo N° 360/002
de 11 de setiembre de 2002.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Autorízase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas (U.T.E.) a importar energía eléctrica de la República
Argentina, resultante de la contratación con la empresa Endesa Cemsa S.A.
según la Tercera Adenda al Contrato Readecuado de Potencia Firme y Energía
Asociada de hasta 150 MW.