AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Visto: la iniciativa del señor Presidente de la República de
conferir la Condecoración creada por la ley 14.413 de 12 de agosto de
1975, "Protector de los Pueblos Libres General José Artigas" a la señora
Juana de Ibarbourou.
Considerando: I) Que dicha iniciativa se ajusta en un todo a lo
dispuesto en el artículo 2º de la referida ley, en cuanto que se
relevante labor literaria constituye no solo un legítimo orgullo para
nuestro país, sino también y así lo ha sido reconocido y proclamado en
reiteradas oportunidades, para todo el Continente americano, lo que le ha
valido el título de "Juana de América";
II) Que su labor intelectual, además, ha sido factor destacado de
exaltación del habla española;
III) Que por lo expuesto, su talento y virtudes personales, deben
reputarse, como innegables servicios extraordinarios prestados en
beneficio del país;
IV) Que, en atención a que las Naciones Unidas han declarado al
presente año 1975, "Año Internacional de la Mujer", es justo rendir
tributo a las mejores virtudes de la mujer oriental a través de la
personalidad de Juana de Ibarbourou.
Atento: a lo establecido por el artículo 3º de la ley 14.413, de 12
de agosto de 1975, y al dictamen favorable del Consejo Honorario Asesor,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
BORDABERRY - HUGO LINARES BRUM - JUAN CARLOS BLANCO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO CRISPO AYALA - ADOLFO CARDOSO GUANI - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO - EDUARDO CARRERA HUGHES - FEDERICO SONEIRA